DERECHO TANTEO Y RETRACTO

Conoce a fondo este derecho

¿Sabes qué es eso a lo que renuncias en tu contrato de alquiler de vivienda que se llama TANTEO Y RETRACTO? Es algo muy común en lo que casi nadie se para a preguntar o a darle alguna importancia, como siempre, hasta que llegan los problemas.

 

  1. ¿Qué es el derecho de tanteo y retracto? Realmente, se trata de dos derechos reales de adquisición preferente, es decir, que, si el propietario pone a la venta la vivienda, tú tienes derecho a comprar antes que nadie. Son dos diferentes, según el momento en que se ejerza el derecho:
    • El de tanteo, se refiere a que el derecho se ejerce ANTES de que se venda la vivienda, es decir, antes de que haya otro comprador.
    • El de retracto, se ejerce cuando ya hay comprador pero a quien tiene el derecho no le han avisado de la venta o el aviso tiene algún defecto o falsedad (es decir, que al inquilino le han ofrecido la vivienda, pero por un precio bastante más alto que el que se ha vendido de verdad, para que no la comprara).
  2. ¿Qué pasa si renuncio a él? No pasa nada por renunciar a este derecho, ya que igualmente se puede comprar, aunque no se tenga. Lo que pasa es que no podrás ser el primero. Si el propietario pacta la venta con otra persona o pone a la venta la vivienda y, efectivamente, la vende sin que el inquilino se entere, éste pierde esa oportunidad.
  3. ¿Pero el propietario no me tiene que avisar? Para ponerlo en venta, si en el contrato has renunciado a este derecho, no tiene que avisar. La ley le obliga a avisar con un mes de antelación a la firma de la escritura, es decir, cuando ya está prácticamente vendido, para el desalojo.
  4. ¿No lo tienes en tu contrato? Busca una cláusula referida al DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE, o bien, puede que no se haya incluido y, por tanto, si no se ha renunciado expresamente, se posee este derecho.
  5. ¿Qué dice la LAU? La Ley de Arrendamiento Urbanos recoge este derecho en su artículo 25, reconociéndolo, aunque dejando la puerta abierta a la renuncia del mismo en su apartado 8.

Siempre aconsejamos leer cualquier tipo de contrato y consultar con un profesional cualquier duda que se pueda tener, puede que ahora no nos importe, pero que podamos necesitar ciertos derechos o pactos con el tiempo. En Inmobiliaria 3.0 velamos por la seguridad jurídica de las partes y, sobre todo, por tu tranquilidad.

Paula Caceres - Si estás interesado en alquilar, puedo ayudarte en lo que necesites